Meses atrás, vecinos del Palacio Santa Lucía –un edificio al costado de la Intendencia de Montevideo (IMM)– reclamaron ante la comuna que la torre que se estaba construyendo a su lado les bloqueaba el pozo de aire. Sin embargo, la construcción de ese edificio de apartamentos nunca se detuvo y el conflicto entre las tres partes –los vecinos, la empresa y la intendencia– derivó en un proceso judicial con demandas cruzadas en el ámbito civil. El abogado de la mayoría de los vecinos afectados, Marcelo Frioni, dijo a El Observador que demandarán a la intendencia por daños y perjuicios por lo que entienden como una obstrucción de luz, vista y ventilación en el edificio de Santiago de Chile, esquina Manuel Flores Mora. "La IMM fue la que aprobó este proyecto", afirmó Frioni. Además, presentarán dos demandas contra la empresa a cargo del proyecto –CHISA SAS– y a los compradores de las viviendas que se están construyendo ahí. Una de las demandas es por el cobro de la medianeradel Santa Lucía que el abogado entiende que el nuevo edificio está usando sin pagar. La otra es por el derecho que afirman tener los vecinos de acceder a la luz y aire. El abogado dijo que debido al Código Civil, como pasaron 30 años de que el edificio accedía a luz y aire se volvió un derecho. Su demanda es para que haya una sentencia que deje en papel que los vecinos cuentan con ese derecho, si bien Frioni entiende que ya lo tienen porque el edificio tiene casi 100 años y el edificio de al lado era de un piso. El abogado subrayó que, más allá de la vista, "el pozo de aire y luz cumple una función sanitaria y al taparlo se pierde la oxigenación". Por este mismo tema, los vecinos fueron demandados por la empresa, dijo Frioni. La demanda pide que se suspenda la prescripción adquisitiva de ese derecho, es decir, que se suspenda que sea de los vecinos por haberse superado los 30 años. Valentina Piquinela, abogada de otros dos vecinos, dijo que la empresa también demandó a los vecinos alegando "daño a la imagen". Les pidieron un pago de US$ 250 mil ante el posible retraso o detención de las obras por los reclamos que hicieron ante la IMM y también por sus declaraciones a la prensa. Ya hubo una audiencia de conciliación entre los vecinos y la empresa, pero "no prosperó", contó la abogada. Por lo tanto, están habilitados a ir a juicio. Por su parte, Piquinela pedirá la "reformulación del proyecto" inmobiliario para que deje de bloquear la entrada de aire y luz al Santa Lucía. Además, apuntarán a qué pasó con la casa que fue demolida para construirse la torre. La abogada, que trabaja además con la ONG Patrimonio Activo, dijo que indagarán si el edificio–que tenía grado 2 de protección patrimonial– fue demolido con un permiso de construcción definitivo o provisorio. En el caso de que haya sucedido lo segundo, esto está prohibido por una norma, dijo la abogada. Por otra parte, apuntó también a la protección patrimonial que tienen el propio Santa Lucía, que tiene un grado 3 y es un Bien de Interés Patrimonial. La definición de este tipo de protección implica la dimensión estructural del edificio, pero también "las condiciones de habitabilidad". "Tuvo que existir por parte de la Unidad de Patrimonio una evaluación de impacto sobre el lindero protegido y ese impacto tuvo que medirse en la afectación a la habitabilidad que, por supuesto, afecta el cierre del paso de luz y de aire que tienen las unidades", sostuvo Piquinela. Los damnificados por la construcción de la llamada Kiu Tower Santiago son los departamentos terminados en 02 –en la mitad izquierda mirando desde el frente– y el que abarca todo el último piso. Mientras el Santa Lucía tiene seis pisos, la torre tendrá diez. La respuesta de la empresa El responsable del proyecto de la Kiu Tower Santiago, Martín González, dijo a El Observador que la construcción de la torre "no afecta en ningún aspecto el patrimonio del edificio Santa Lucía". "Por el contrario, al tratarse de un bien con grado de protección patrimonial, hemos tomado recaudos especiales para evitar cualquier impacto, asumiendo incluso costos adicionales con el objetivo de preservar su integridad", afirmó. "Este compromiso con el cuidado del entorno patrimonial es una constante en todas nuestras obras, varias de las cuales han integrado fachadas históricas preservadas", agregó el empresario. Respecto a las afectaciones en el edificio patrimonial, sostuvo que la construcción de la Kiu Tower "respeta los límites de propiedad y permisos otorgados por la Intendencia de Montevideo". Sostuvo también que no hay "demandas cruzadas" entre las partes. "La medianera se paga cuando corresponde y lo cobra la administración del edificio; es incorrecto presentar este reclamo como una demanda o conflicto judicial", dijo. La visión de la intendencia Por otra parte, en la previa del último Día del Patrimonio y antes de que se conocieran las demandas, El Observador habló con el director de la Unidad de Patrimonio de la intendencia, Ernesto Spósito, y le consultó sobre el caso del Palacio Santa Lucía. Spósito, un funcionario de carrera de la intendencia, opinó que ese caso no se estaba "analizando adecuadamente". "Ese edificio con esa medianera fue pensado sabiendo que al lado iba a haber un edificio igual que ese. No estaba pensado para que ese pozo quedara abierto hasta la eternidad", dijo Spósito respecto al edifico de 1926 que proyectó el reconocido arquitecto Julio Vilamajó. Esperar que ese pozo de aire nunca se tape "es no entender cuál es la lógica de ciudad que dio lugar a ese edificio", opinó el funcionario. De todas formás, Spósito señaló que más allá de las condiciones en las que entiende que se hizo el Santa Lucía –previendo que ese "pozo de aire" se iba a tapar–, está el "otro tema" de cómo cambiaron los requisitos para edificios desde ese momento hasta ahora. "Las condiciones en que se generó ese edificio, iluminación, ventilación, etcétera, eran muy distintas a las actuales. Y así fue aprobado ese edificio. Que hoy no nos parezcan adecuadas, bueno...", sostuvo. En este sentido, el funcionario de la intendencia dijo que hay aspectos, por ejemplo del derecho a un pozo de aire, que se deben discutir en el derecho privado. "Es la misma situación que alguien que abre una ventana a una medianera. Si pasan 30 años y se hace un juicio de prescripción, quien abrió esa ventana, a vista y paciencia del propietario del terreno de al lado, la mantiene durante todo ese tiempo, genera el derecho de que quien está al lado no construya sobre esa medianera", explicó. "Pero eso está en el mundo del derecho privado, o sea, la intendencia no tenía manera de exigirle a quien iba a construir al lado que hiciera otra cosa. Seguramente por esa razón eso se solucionó de esa manera", concluyó. *Esta nota fue modificada para añadirle la versión de los responsables del proyecto Kiu Tower Santiago, con quienes El Observador no había logrado establecer contacto previamente.