El Estado deberá garantizar el traslado gratuito en ómnibus de personas con síndrome de Down, TEA y ciegos
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La justicia ha condenado al estado a garantizar el traslado gratuito de personas con síndrome de Down, TEA y ciegos en autobuses, según la ley 18.651. A pesar de que esta norma establece el derecho a un "pase libre" de transporte, aún no se está implementando debido a la falta de una área para acreditar la discapacidad. La sentencia obliga a las empresas concesionarias de transporte a realizar este traslado gratuito con asiento reservado para personas con discapacidad en ambos tipos de transporte.
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